Solicitó fiscalizar contrato firmado entre el municipio y los ramaderos
Diputada Hernando recurre a la Contraloría General de la República ante autorización municipal para demoler mobiliario de la Plaza de los Eventos
Parlamentaria apunta a posibles responsabilidades civiles ante autorización para destruir patrimonio público con el fin de realizar ramadas de Fiestas Patrias.
Un oficio a la contralora General de la República (s), Patricia Arriagada, solicitándole que se fiscalice una eventual ilegalidad en la actuación del municipio envió la diputada Marcela Hernando (PR), determinación que la parlamentaria tomó tras más de un mes de que la autoridad comunal autorizara a las asociaciones de ramaderos la demolición y el retiro de especies arbóreas del mobiliario de la Plaza de los Eventos. La congresista entregó a Contraloría antecedentes del contrato de arriendo con los locatarios, de un informe de la Dirección de Asesoría Jurídica del municipio y del decreto que aprueba el contrato.
FNDR
Hernando recordó que la Plaza de los Eventos corresponde a un proyecto de la administración del ex alcalde Pedro Araya financiado con recursos del FNDR, manifestando su preocupación por la destrucción de mobiliario urbano que aún no había agotado su vida útil “Por ello, he decido entregar estos antecedentes a la Contraloría, más aún cuando hemos sido testigos de la destrucción de este mobiliario urbano, el que ya es escaso y necesario en nuestra comuna, situación que motivó también una denuncia de los concejales a la Contraloría Regional”, acotó la diputada.
Responsabilidad
La parlamentaria antofagastina señaló que considera que existe un detrimento del patrimonio municipal, cuyo correcto uso y protección está establecido en el artículo 61 del Estatuto Administrativo de los funcionarios públicos. “Este establece como obligaciones generales de los funcionarios públicos actuar en conformidad a los principios, normas y objetivos que regulan el ejercicio de la función pública, señalando más adelante, en el artículo 84 en letra j) del mismo estatuto como una prohibición expresa la afectación de los bienes, materiales, instrumentos o productos de trabajo de la administración pública. Por ello espero que la Contraloría investigue esta situación, con las atribuciones que ella tiene”, enfatizó la parlamentaria.
Normativas
En su oficio dirigido a la contralora (s) Arriagada, la legisladora expone que de conformidad con los artículos 5°, letra c), 36 y 63, letras f) y g), de la ley N° 18.695, el alcalde cuenta con atribuciones para administrar los bienes nacionales de uso público de la comuna, pudiendo entregar permisos para el ejercicio del comercio en la vía pública, siempre que ello no implique un detrimento importante al uso común de esos espacios ni afecte gravemente los derechos constitucionales de los ciudadanos.
En el texto la legisladora cita además el artículo 60 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, que establece una responsabilidad civil directa de los funcionarios públicos por el uso, abuso o empleo ilegal de los bienes, así como de toda pérdida o deterioro que se produzca en los bienes imputable a las acciones u omisiones del funcionario.