Tras plazo límite las faltas de las empresas prescriben
Diputada Hernando presentó un proyecto de ley para facilitar sanciones de la SMA a empresas que falten a su resolución ambiental
Actual normativa establece tres años como límite para poder señalar incumplimientos en una RCA, los que pueden significar desde multas hasta la caducidad de la resolución.
Un proyecto para modificar la Ley 20.417 que creó el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia de Medio Ambiente presentó la diputada Marcela Hernando (PR), bajo el objetivo de aumentar de tres a cinco años el plazo que la autoridad medio ambiental tiene para señalar faltas de una empresa a su Resolución de Calificación Ambiental (RCA). La iniciativa es uno de los productos legislativos surgidos tras el trabajo realizado en la Comisión Investigadora sobre la actuación de los organismos públicos encargados de la protección de la salud y el medio ambiente en la ciudad de Antofagasta.
Prescripciones
“A propósito de las resoluciones de calificación ambiental y de muchas cosas que salieron a la luz a raíz de la Comisión Investigadora de problemas medioambientales en Antofagasta, nos dimos cuenta de que existen algunas ‘faltas’ a las resoluciones que ocasionan multas, y que ocasionan incluso la pérdida de la resolución de calificación por parte de los organismos competentes en caso de que no se respete. Sin embargo tiene un plazo de prescripción”, advirtió la legisladora.
Según el texto que fundamenta la moción parlamentaria, ante una evidente falta de fiscalización estatal respecto de las resoluciones de calificación ambiental de la empresa Antofagasta Terminal Internacional (ATI), desde la aprobación de sus proyectos los años 2003 y 2006 hasta el año 2014, no es posible ejercer la potestad sancionatoria debido a los límites de la normativa vigente.
Fiscalización
“Si es que la empresa es capaz de pasar más de tres años sin ser advertida estás faltas o estas multas prescribirían, y a nosotros nos parece que eso es tremendamente perjudicial no sólo para la ciudadanía que está en el entorno de las empresas específicas, sino también para el sistema, porque no es posible que una empresa que se compromete a determinadas cosas en una resolución pueda faltar a esas cosas y no recibir sanción, y la falta de fiscalización del Estado no puede ser tampoco una excusa para que esto ocurra”, enfatizó Hernando, quien integra la Comisión de Salud de la Cámara Baja.
Plazos
La congresista propone cambiar lo señalado en el artículo 37 de la ley 20.417, aumentando el plazo para advertir y señalar faltas a las RCA de una empresa antes de que la irregularidad prescriba. “Así es que la idea es elevar ese plazo y aumentarlo de tres a cinco años con la intención de aminorar el riesgo de que en esos cinco años no se produzca la necesaria supervisión y por lo tanto la sanción”.